SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 179/2019
RESOL-2019-179-APN-SSS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-09178250-APN-SG#SSS del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012; y
CONSIDERANDO:
Que esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD resulta ser un organismo descentralizado en la órbita de actuación del entonces MINISTERIO DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, conforme las previsiones de los Decretos N° 1615/96 y N° 2710/12.
Que las misiones y funciones asignadas al Organismo conllevan una necesaria interacción y relación institucional formal con diferentes sectores e instituciones de orden público y privado nacionales e internacionales.
Que los funcionarios que representan al organismo en actos, celebraciones, recepciones, ceremonias, viajes, y todo evento oficial de índole nacional o internacional necesitan de un adecuado asesoramiento sobre el comportamiento de estilo que es menester adoptar en cada caso.
Que dicha función de asesoramiento implica también la organización y coordinación de eventos en los que es partícipe el Organismo.
Que, en la práctica, existe un área que de hecho cumple funciones de ceremonial y protocolo del Organismo, estando la misma a cargo de una agente de planta permanente.
Que en virtud de la especificidad de la materia y en atención a una mejor adecuación de recursos, deviene necesaria la creación de una UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL con el objetivo de organizar y supervisar el asesoramiento y coordinación de eventos protocolares, como asimismo facilitar las comunicaciones y todo lo atinente al transporte y movilidad del Superintendente de Servicios de Salud.
Que dicha UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por el Superintendente de Servicios de Salud.
Que la medida que se propicia no importa la creación de cargos, modificación de situación de revista o erogación presupuestaria alguna.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 1132 de fecha 13 de diciembre de 2018.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- CRÉASE la UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD conforme los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- ESTABLÉCESE que la Unidad creada por la presente Resolución actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por el Señor Superintendente de Servicios de Salud.
ARTÍCULO 3°.- DETERMÍNASE como funciones de la UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL las descriptas en el ANEXO I (IF-2019-11000686-APN-SSS#MSYDS) que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- La UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL estará conformada por los agentes individualizados en el ANEXO II (IF-2019-11002359-APN-SSS#MSYDS) que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
Resolución 179/2019
RESOL-2019-179-APN-SSS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-09178250-APN-SG#SSS del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012; y
CONSIDERANDO:
Que esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD resulta ser un organismo descentralizado en la órbita de actuación del entonces MINISTERIO DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, conforme las previsiones de los Decretos N° 1615/96 y N° 2710/12.
Que las misiones y funciones asignadas al Organismo conllevan una necesaria interacción y relación institucional formal con diferentes sectores e instituciones de orden público y privado nacionales e internacionales.
Que los funcionarios que representan al organismo en actos, celebraciones, recepciones, ceremonias, viajes, y todo evento oficial de índole nacional o internacional necesitan de un adecuado asesoramiento sobre el comportamiento de estilo que es menester adoptar en cada caso.
Que dicha función de asesoramiento implica también la organización y coordinación de eventos en los que es partícipe el Organismo.
Que, en la práctica, existe un área que de hecho cumple funciones de ceremonial y protocolo del Organismo, estando la misma a cargo de una agente de planta permanente.
Que en virtud de la especificidad de la materia y en atención a una mejor adecuación de recursos, deviene necesaria la creación de una UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL con el objetivo de organizar y supervisar el asesoramiento y coordinación de eventos protocolares, como asimismo facilitar las comunicaciones y todo lo atinente al transporte y movilidad del Superintendente de Servicios de Salud.
Que dicha UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por el Superintendente de Servicios de Salud.
Que la medida que se propicia no importa la creación de cargos, modificación de situación de revista o erogación presupuestaria alguna.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Organismo ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 1132 de fecha 13 de diciembre de 2018.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- CRÉASE la UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD conforme los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- ESTABLÉCESE que la Unidad creada por la presente Resolución actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por el Señor Superintendente de Servicios de Salud.
ARTÍCULO 3°.- DETERMÍNASE como funciones de la UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL las descriptas en el ANEXO I (IF-2019-11000686-APN-SSS#MSYDS) que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- La UNIDAD DE CEREMONIAL Y PROTOCOLO INSTITUCIONAL estará conformada por los agentes individualizados en el ANEXO II (IF-2019-11002359-APN-SSS#MSYDS) que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 26/02/2019 N° 11491/19 v. 26/02/2019