Administración Federal de Ingresos Públicos
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISIONALES
Resolución General 1659
Procedimiento. Impuestos varios. Recursos de la Seguridad Social. Formularios para la cancelación de tributos. Nuevo programa aplicativo.
Bs. As., 19/3/2004
VISTO las disposiciones vigentes relacionadas con los formularios que se deben utilizar para la cancelación de las obligaciones impositivas y previsionales, y
CONSIDERANDO:
Que atendiendo el grado de informatización alcanzado por esta Administración Federal y a los fines de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes, resulta oportuno implementar a través de un nuevo programa aplicativo, la provisión de volantes de pago específicos, así como del formulario de declaración jurada para solicitar la compensación de determinadas deudas con saldos de impuestos a favor de los responsables.
Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se considera conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, explicitados en el Anexo I.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Recaudación y de Informática Tributaria.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el programa aplicativo denominado "COMPENSACIONES Y VOLANTES DE PAGO - Versión 1.0" (1.1.) (1.2), cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso, se especifican en el Anexo II de la presente.
Art. 2º — El programa aplicativo "COMPENSACIONES Y VOLANTES DE PAGO - Versión 1.0" estará disponible a partir del día 1 de abril de 2004, inclusive.
Art. 3º — Los contribuyentes y responsables, a los fines de solicitar la compensación de sus obligaciones fiscales con saldos de impuestos a su favor, deberán utilizar —conforme al régimen establecido por este organismo—, el formulario de declaración jurada Nº 798 generado por el indicado programa aplicativo.
Art. 4º — Los sujetos que no se encuentren comprendidos en los sistemas diferenciados previstos en las Resoluciones Generales Nº 3282 (DGI) y Nº 3423 (DGI) —Capítulo II— y sus respectivas modificatorias y complementarias, podrán utilizar para cancelar sus obligaciones impositivas y previsionales, el volante de pago F. 799/E y el formulario Nº 801/C, respectivamente, generados mediante el referido programa.
Art. 5º — Apruébanse el formulario de declaración jurada Nº 798 y los Anexos I y II, que forman parte de esta resolución general.
Art. 6º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.
ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 1659
NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES
Artículo 1º
(1.1.) El funcionamiento del programa aplicativo que se dispone por medio de la presente requerirá tener preinstalado el "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 - Release 2".
(1.2.) Los programas mencionados en esta resolución general podrán ser transferidos de la página "web" de este organismo (http://www.afip.gov.ar).
ANEXO II RESOLUCION GENERAL Nº 1659
COMPENSACIONES Y VOLANTES DE PAGO - Versión 1.0
Este programa aplicativo deberá utilizarse obligatoriamente para obtener el formulario de declaración jurada Nº 798; asimismo se podrán generar el volante de pago F. 799/E y el formulario Nº 801/C.
Los datos identificatorios de cada contribuyente o responsable deben encontrarse cargados en el "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones" y al acceder al programa, se ingresará la información que corresponda, conforme al formulario que se pretenda generar.
La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del contribuyente o responsable.
1. Descripción general del sistema
A través del aplicativo el usuario puede:
— Confeccionar e imprimir el formulario de declaración jurada Nº 798, el volante de pago F. 799/E y el formulario Nº 801/C, de acuerdo con la normativa vigente.
— Generar el archivo del respectivo formulario de declaración jurada Nº 798 en disquete para su presentación en una carpeta para ser transferido electrónicamente, conforme a lo establecido en las Resoluciones Generales Nº 474, su modificatoria y sus complementarias, Nº 1345 sus modificatorias y complementaria, o Nº 1491, según corresponda.
2. Requerimientos de "hardware" y "software"
2.1. PC 486 DX2 o superior.
2.2. Memoria RAM mínima: 16 Mb.
2.3. Memoria RAM recomendable: 32 Mb.
2.4. Disco rígido con un mínimo de 5 Mb. disponibles.
2.5. Disquetera 3½" HD (1,44 Mb.).
2.6. Windows 95 o superior o NT.
2.7. Instalación previa del "S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 Release 2".
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NOTA: A efectos de conocer la metodología para la confección de los diferentes formularios, se deberán considerar las instrucciones que el sistema brinda en la "Ayuda" del programa aplicativo, a la que se accede con la tecla de función F1, o a través de la barra de los menúes, en el menú "Ayuda", opción "Contenido" las que podrán ser impresas si el responsable así lo requiere.