Presidencia de la Nación

Resolución 159 / 1990

COMISION NACIONAL DE VALORES


COMISION DE VALORES

LIBRO DE REGISTRO DE INTERRUP.SIST.INFORMATICO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 27-Nov-1990
Resumen:

LOS AGENTES DE MERCADO ABIERTO DEBEN LLEVAR, CON CARACTER OBLIGATORIO, UN LIBRO DE REGISTRO DE INTERRUPCIONES DEL SISTEMA INFORMATICO.

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