TRABAJO AGRARIO
TAREAS DE RIEGO PRESURIZADO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
26-Ago-2021
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN TAREAS DE RIEGO PRESURIZADO, EN EL AMBITO DE LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA Y LA RIOJA, LAS QUE TENDRAN VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 2021, DEL 1° DE OCTUBRE DE 2021 Y DEL 1° DE ABRIL DE 2022, HASTA EL 31 DE JULIO DE 2022, CONFORME SE DETALLA EN LOS ANEXOS I, II Y III QUE FORMAN PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.