Presidencia de la Nación

UNIDAD GABINETE DE ASESORES


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

UNIDAD GABINETE DE ASESORES

Resolución 14/2021

RESOL-2021-14-APN-UGA#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 09/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-29392743-APN-DGD#MDP, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución N° 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE), en el ámbito de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES dependiente del citado Ministerio.

Que dicha Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) fue creada con la finalidad de analizar de manera integrada los proyectos que puedan resultar significativos para motorizar el desarrollo productivo del país, permitiendo dimensionar los efectos y el alcance de su impacto en el cambio estructural de la matriz productiva, en el marco de las políticas nacionales de desarrollo.

Que, en efecto, la responsabilidad primaria de la citada Unidad es la evaluación y el monitoreo de los proyectos productivos para el cambio estructural.

Que, por su parte, la Resolución N° 487/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO determina que el Director Ejecutivo de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) deberá aprobar el Manual Operativo de la mencionada Unidad.

Que, por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se creó la UNIDAD GABINETE DE ASESORES dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y se estableció la competencia para entender en el diseño, elaboración, definición de instrumentos, herramientas y procedimientos para generar información de gestión en coordinación con las áreas competentes.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, y la Resolución N° 487/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL TITULAR DE LA UNIDAD GABINETE DE ASESORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Manual Operativo de la Unidad de Evaluación Técnica de Proyectos Productivos para el Cambio Estructural (UETCE) que como Anexo I (IF-2021-30011633-APN-UGA#MDP) forma parte integrante de la presente medida, aprobado por el Director Ejecutivo de la mencionada Unidad conforme lo establecido por el artículo 7° de la Resolución N° 487 de fecha 15 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 2°.- Ratifícanse la Declaración Jurada de Incompatibilidades y Conflicto de Intereses y el Convenio de Confidencialidad que como Anexo II (IF-2021-30011911-APN-UGA#MDP) y Anexo III (IF-2021-30012155-APN-UGA#MDP), respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Ratifícanse las selecciones de Juan Manuel GONZÁLEZ FERRER (D.N.I. N° 28.484.757) y Martín Alejandro KALOS (D.N.I. N° 32.437.370), como los Especialistas, que integrarán en carácter de titulares, la Coordinación Operativa del Banco de Evaluadores Sectoriales, conforme se detalla en el Anexo IV (IF-2021-30012325-APN-UGA#MDP) que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- La asignación de funciones ratificada en el artículo precedente no generará erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Alejandro Sehtman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/04/2021 N° 22298/21 v. 13/04/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)
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