CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA
Resolución 14/2019
Buenos Aires, 22/01/2019
VISTO
Las leyes Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo y normativa complementaria;
La Resolución COPIME Nº 23/16; y
CONSIDERANDO
Que se debe promover la capacitación y especialización de los profesionales, mediante el reconocimiento de la formación específica en ergonomía y la experiencia profesional alcanzada en la materia.
Que, de esta manera, se requiere implementar un Registro de consulta pública, de profesionales universitarios y técnicos superiores, que acrediten poseer formación específica en el tema y experiencia práctica adecuada, según su área de desempeño.
Que, a través de dicho Registro, se busca favorecer la prevención, detección, identificación y evaluación de los factores de riesgo asociados a Enfermedades Profesionales, relacionadas con la conformación de los puestos de trabajo y su organización. Así como también, reducir la siniestralidad a través de la implementación de medidas correctivas y preventivas de riesgos laborales y de programas de ergonomía, diseñados en función de las posibilidades y limitaciones humanas.
Por ello;
Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA
RESUELVE
Artículo Nº 1: Apruébese la implementación administrativa del REGISTRO DE EXPERTO EN ERGONOMÍA.
Artículo Nº 2: En este Registro podrán inscribirse los matriculados en el COPIME, y los matriculados en otro Consejo o Colegio Profesional, Ministerio u organismo correspondiente -en caso de aplicar-, que cumplan con los requisitos específicos que determinan la Resolución 23/16 y la presente.
Artículo Nº 3: Es tarea del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista mantener actualizado este Registro, informando a pedido de las Autoridades Nacionales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la nómina de los integrantes.
Artículo Nº 4: La acreditación de pertenencia a este Registro tendrá una validez trienal, debiendo renovarse según especificaciones de esta Resolución.
Artículo Nº 5: Forma parte de esta Resolución el Anexo I, que indica las condiciones establecidas para la inscripción y renovación del Registro de Expertos en Ergonomía.
Artículo Nº 6: Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cumplido, archívese. Mario Eduardo Magnin - Juan Pablo Gallo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexo I)
Resolución 14/2019
Buenos Aires, 22/01/2019
VISTO
Las leyes Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo y normativa complementaria;
La Resolución COPIME Nº 23/16; y
CONSIDERANDO
Que se debe promover la capacitación y especialización de los profesionales, mediante el reconocimiento de la formación específica en ergonomía y la experiencia profesional alcanzada en la materia.
Que, de esta manera, se requiere implementar un Registro de consulta pública, de profesionales universitarios y técnicos superiores, que acrediten poseer formación específica en el tema y experiencia práctica adecuada, según su área de desempeño.
Que, a través de dicho Registro, se busca favorecer la prevención, detección, identificación y evaluación de los factores de riesgo asociados a Enfermedades Profesionales, relacionadas con la conformación de los puestos de trabajo y su organización. Así como también, reducir la siniestralidad a través de la implementación de medidas correctivas y preventivas de riesgos laborales y de programas de ergonomía, diseñados en función de las posibilidades y limitaciones humanas.
Por ello;
Este CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELECTRICISTA
RESUELVE
Artículo Nº 1: Apruébese la implementación administrativa del REGISTRO DE EXPERTO EN ERGONOMÍA.
Artículo Nº 2: En este Registro podrán inscribirse los matriculados en el COPIME, y los matriculados en otro Consejo o Colegio Profesional, Ministerio u organismo correspondiente -en caso de aplicar-, que cumplan con los requisitos específicos que determinan la Resolución 23/16 y la presente.
Artículo Nº 3: Es tarea del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista mantener actualizado este Registro, informando a pedido de las Autoridades Nacionales y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la nómina de los integrantes.
Artículo Nº 4: La acreditación de pertenencia a este Registro tendrá una validez trienal, debiendo renovarse según especificaciones de esta Resolución.
Artículo Nº 5: Forma parte de esta Resolución el Anexo I, que indica las condiciones establecidas para la inscripción y renovación del Registro de Expertos en Ergonomía.
Artículo Nº 6: Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Cumplido, archívese. Mario Eduardo Magnin - Juan Pablo Gallo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/04/2019 N° 26593/19 v. 23/04/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexo I)