Presidencia de la Nación

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Resolución 14/2016

Bs. As., 25/01/2016

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, el Decreto N° 1172/03 de acceso a la información pública, la Resolución N° 67/04 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), el procedimiento interno G-DIR-02 Revisión 6 “Elaboración y Revisión de Normas y Guías Regulatorias”, la Resolución N° 675/15 del DIRECTORIO de la ARN, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS, la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA y la SECRETARÍA GENERAL, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 7° de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, establece que la ARN tendrá a su cargo la función de regulación y fiscalización de la actividad nuclear en todo lo referente a los temas de seguridad radiológica y nuclear.

Que el Artículo 16 inciso a de la mencionada Ley dispone que la ARN dictará las Normas Regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares, licenciamiento y fiscalización de instalaciones nucleares, salvaguardias internacionales y transporte de materiales nucleares en su aspecto de seguridad radiológica y nuclear y protección física.

Que de acuerdo a lo indicado por la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, los organismos modales internacionales (Organización Marítima Internacional, Organización de Aviación Civil Internacional), han adoptado textualmente el documento SSR-6 “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” emitido por el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), edición 2012.

Que el Directorio aprobó la Iniciativa Regulatoria N° 03/15 para la revisión de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, con el objetivo de adoptar los criterios establecidos en el documento SSR-6 “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” del OIEA, edición 2012.

Que de acuerdo a dicha iniciativa Regulatoria, la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA elaboraron en conjunto un proyecto de Revisión 3 de la Norma AR 10.16.1. “Transporte de Materiales Radiactivos”.

Que de acuerdo al análisis efectuado por la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, la revisión propuesta de la Norma AR 10.16.1 no tendrá impacto económico para los titulares de licencia ni para los titulares de certificados de aprobación.

Que el Artículo 3 del Decreto N° 1172/03 aprueba el Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas y el Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas que, como Anexos V y VI, forman parte integrante del Decreto mencionado.

Que mediante la Resolución N° 67/04 la ARN ha instrumentado el mencionado Reglamento General y ha adoptado el correspondiente formulario para la presentación de opiniones y propuestas, además de designar al Sector Normas (SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, según estructura orgánica vigente), como responsable de la implementación y puesta en marcha del procedimiento para la elaboración participativa de normas.

Que mediante Resolución N° 675/15 la ARN declaró la apertura del procedimiento de elaboración participativa de normas con relación al proyecto de Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, Revisión 3 y habilitó el correspondiente registro para la presentación de opiniones y propuestas.

Que en el referido registro no se recibieron opiniones ni propuestas, según lo manifestado por el sector correspondiente.

Que con relación al citado proyecto de norma se ha dado cumplimiento al procedimiento interno G-DIR-02 Revisión 6.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, han tomado en el trámite la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 16° inciso a de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 20 de enero de 2016 (Acta N° 3).

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1° — Aprobar la Revisión 3 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, cuyo texto obra como Anexo a la presente.

ARTÍCULO 2° — Establecer un período de transición hasta el día 31 de julio de 2016, durante el cual las nuevas solicitudes de certificados de aprobación se regirán exclusivamente por la Revisión 3 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos” y durante el cual las restantes actividades relacionadas con el transporte de materiales radiactivos podrán regirse en forma opcional por la Revisión 2 o por la Revisión 3 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”.

ARTÍCULO 3° — Atento a lo establecido en el Artículo 2° de la presente Resolución, dar de baja a partir del día 1 de agosto de 2016 la Revisión 2 de la Norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a la SUBGERENCIA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL y a REGISTRO CENTRAL. Publíquese en el Boletín del Organismo. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Lic. ANA LARCHER, Vicepresidente 1° e/a del Presidente del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 01/02/2016 N° 3971/16 v. 01/02/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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