SECRETARIA DE ENERGIA
COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO S.A. (CAMMESA)
Resumen:
INSTRUYESE A LA COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) A SUSCRIBIR, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 3º DE LA RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA Nº 2022 DE FECHA 22 DE DICIEMBRE DE 2005, LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES NECESARIOS CON LA EMPRESA ESTATAL PETROLEOS DE VENEZUELA SOCIEDAD ANONIMA (PDVSA) PARA EL SUMINISTRO DE FUEL OIL DESTINADO A LA GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA EN CENTRALES TERMICAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, BAJO LAS CONDICIONES DEFINIDAS EN EL ANEXO I DEL CONVENIO INTEGRAL DE COOPERACION ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SUSCRITO EL 6 ABRIL DE 2004, Y SU ADDENDUM Nº 4, AMPLIATORIA DE FECHA 1º DE FEBRERO DE 2005, Y POR HASTA EL VOLUMEN MAXIMO CONTRATABLE ESTABLECIDO EN EL REFERIDO ANEXO I. A ESTOS EFECTOS ESA COMPAÑIA DEBERA TENER EN CUENTA LAS ESPECIFICACIONES (CARACTERISTICAS TECNICAS, VOLUMENES Y DESTINOS) UTILIZADAS PARA LA CONTRATACION REALIZADA PARA EL AÑO 2006 Y ENVIAR PREVIAMENTE A ESTA SECRETARIA DE ENERGIA EL CONTENIDO PROPUESTO DE DICHOS DOCUMENTOS PARA SU APROBACION.