MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 121/2018
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2018
VISTO: el Expediente electrónico Nº EX-2017-33614738-APN-DNGIYS#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes Nros. 25.506 y 22.520 y modificatorias, los Decretos Nros. 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 561 del 6 de abril de 2016 y 892 del 1º de noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 399- E del 5 de octubre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, 37-E del 20 de diciembre de 2016 y 13 del 19 de febrero de 2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que el artículo 24 del Decreto Nº 2628/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada Ley, su Decreto reglamentario y normas complementarias.
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) en su artículo 23 octies estableció las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre las cuales se encuentra la de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la Infraestructura de Firma Digital estipulada por la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 561/16, en su artículo 8, otorgó al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506, las funciones previstas en los incisos a), d) e i) del artículo 13 del Decreto N° 2628/02. Asimismo, le asignó la facultad de fijar los aranceles establecidos en el artículo 16 del citado Decreto N° 2628/02.
Que el mencionado Decreto Nº 561/16, en su artículo 10, instruyó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para realizar las auditorías previstas en el Capítulo VII de la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 892/17 creó la Plataforma de Firma Digital Remota, administrada exclusivamente por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, en la que se centralizará el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.
Que el mencionado Decreto Nº 892/17 en su artículo 3º estableció que la Plataforma de Firma Digital Remota contará con una Autoridad Certificante propia que emitirá los certificados digitales gratuitos a ser utilizados en la misma.
Que la Resolución Nº 399-E/16 de este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció las pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten, en el ámbito de la Infraestructura de Firma Digital prevista en la Ley N° 25.506.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 37-E/16, que aprobó la “Política de Certificación V2.0 de la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina”, rige la emisión de certificados a los certificadores que hayan sido licenciados por la Autoridad de Aplicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y SOPORTE de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN inició el trámite de licenciamiento del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 13/2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM) aprobó la Política Única de Certificación, el Manual de Procedimientos, el Acuerdo con Suscriptores, el Acuerdo Utilización de la Plataforma de Firma Digital Remota, la Política de Privacidad y los Términos y Condiciones con Terceros Usuarios, documentos en su versión 1.0 correspondientes al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que habiéndose aceptado la documentación en las condiciones establecidas en la normativa vigente, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha realizado la auditoría previa al licenciamiento establecida en el artículo 48 de la Resolución MM Nº 399-E/16.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL emitió el correspondiente dictamen legal y técnico que acredita la aptitud del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para desempeñarse como certificador licenciado en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA creada por la Ley N° 25.506.
Que en virtud de las constancias obrantes en el expediente, se han acreditado las condiciones requeridas por la Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para que dicho MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ejerza su actividad como Certificador Licenciado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la Licencia para operar como Certificador Licenciado al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506.
ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, para que la Autoridad Certificante Raíz de la REPÚBLICA ARGENTINA emita el certificado digital correspondiente a la Política Única de Certificación de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR, aprobada por la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 13/2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM).
ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
Resolución 121/2018
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2018
VISTO: el Expediente electrónico Nº EX-2017-33614738-APN-DNGIYS#MM del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes Nros. 25.506 y 22.520 y modificatorias, los Decretos Nros. 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 561 del 6 de abril de 2016 y 892 del 1º de noviembre de 2017, las Resoluciones Nros. 399- E del 5 de octubre de 2016 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, 37-E del 20 de diciembre de 2016 y 13 del 19 de febrero de 2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM) de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que el artículo 24 del Decreto Nº 2628/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada Ley, su Decreto reglamentario y normas complementarias.
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) en su artículo 23 octies estableció las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre las cuales se encuentra la de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la Infraestructura de Firma Digital estipulada por la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 561/16, en su artículo 8, otorgó al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506, las funciones previstas en los incisos a), d) e i) del artículo 13 del Decreto N° 2628/02. Asimismo, le asignó la facultad de fijar los aranceles establecidos en el artículo 16 del citado Decreto N° 2628/02.
Que el mencionado Decreto Nº 561/16, en su artículo 10, instruyó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para realizar las auditorías previstas en el Capítulo VII de la Ley N° 25.506.
Que el Decreto Nº 892/17 creó la Plataforma de Firma Digital Remota, administrada exclusivamente por el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, en la que se centralizará el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.
Que el mencionado Decreto Nº 892/17 en su artículo 3º estableció que la Plataforma de Firma Digital Remota contará con una Autoridad Certificante propia que emitirá los certificados digitales gratuitos a ser utilizados en la misma.
Que la Resolución Nº 399-E/16 de este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN estableció las pautas técnicas complementarias del marco normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de licencias a los certificadores que así lo soliciten, en el ámbito de la Infraestructura de Firma Digital prevista en la Ley N° 25.506.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 37-E/16, que aprobó la “Política de Certificación V2.0 de la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina”, rige la emisión de certificados a los certificadores que hayan sido licenciados por la Autoridad de Aplicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y SOPORTE de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN inició el trámite de licenciamiento del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 13/2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM) aprobó la Política Única de Certificación, el Manual de Procedimientos, el Acuerdo con Suscriptores, el Acuerdo Utilización de la Plataforma de Firma Digital Remota, la Política de Privacidad y los Términos y Condiciones con Terceros Usuarios, documentos en su versión 1.0 correspondientes al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que habiéndose aceptado la documentación en las condiciones establecidas en la normativa vigente, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha realizado la auditoría previa al licenciamiento establecida en el artículo 48 de la Resolución MM Nº 399-E/16.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL emitió el correspondiente dictamen legal y técnico que acredita la aptitud del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para desempeñarse como certificador licenciado en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA ARGENTINA creada por la Ley N° 25.506.
Que en virtud de las constancias obrantes en el expediente, se han acreditado las condiciones requeridas por la Resolución Nº 399-E/16 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para que dicho MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ejerza su actividad como Certificador Licenciado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase la Licencia para operar como Certificador Licenciado al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital establecida en la Ley N° 25.506.
ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, para que la Autoridad Certificante Raíz de la REPÚBLICA ARGENTINA emita el certificado digital correspondiente a la Política Única de Certificación de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR, aprobada por la Resolución de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 13/2018 (RESOL-2018-13-APN-SECMA#MM).
ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
e. 27/02/2018 N° 11189/18 v. 27/02/2018