Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE POLITICA MINERA


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA

Resolución 118/2019

RESOL-2019-118-APN-SPM#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-63480793- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros. 27.431 y 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2019; los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, 606 de fecha 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y la Resolución N° 197 de fecha 17 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA tiene como objetivos, entre otros, asistir al MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO en el diseño e implementación de las políticas mineras, en lo referido a la interacción con las provincias, los municipios y la comunidad en su conjunto, procurando optimizar el impacto positivo de la minería para el desarrollo sostenible.

Que en el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, se transfirieron las competencias relativas a la política minera del ámbito del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a la órbita del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, actual MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que se ha detectado la necesidad de establecer una política de financiamiento de proyectos de micro, pequeñas y medianas empresas mineras en actividad, y siempre que se encuentren legal y ambientalmente facultadas para explotación y comercialización de minerales, enfocadas en créditos de mediano y largo plazo, orientada hacia la adquisición de tecnologías y al desarrollo de proyectos mineros en el sector productivo y comercial.

Que, para ello, se propicia celebrar un convenio de transferencia de fondos al fideicomiso financiero y de administración “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP) para el financiamiento de proyectos productivos de micro pequeñas y medianas empresas mineras.

Que por el Decreto Nº 606 del 28 de abril de 2014 y sus modificatorios, se creó el fondo fiduciario público denominado “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) tendiente a facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales.

Que la Ley N° 27.431 sustituyó la denominación del “Fondo para el Desarrollo Económico Argentino” (FONDEAR) por “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).

Que el día 7 de agosto de 2014 entre el ESTADO NACIONAL a través del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en su carácter de fiduciante y BICE FIDEICOMISOS S.A., en su exclusivo carácter de fiduciario, se suscribió por un plazo de TREINTA (30) años el contrato de fideicomiso financiero y de administración “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP).

Que por el Artículo 5° del mencionado Decreto N° 606/14 se determinó que los bienes fideicomisitos que conformarán el patrimonio del citado fideicomiso, se destinarán a financiar proyectos en sectores estratégicos, proyectos de apoyo a producciones innovadoras y proyectos de economías regionales, entre otros.

Que mediante el Decreto N° 439 del 14 de mayo de 2018 se designó como Autoridad de Aplicación del fideicomiso al ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 197 de fecha 17 de mayo de 2018 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN delegó en la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA las funciones correspondientes a la Autoridad de Aplicación, haciendo uso de la facultad establecida en el Artículo 12 del citado Decreto N° 606/14.

Que para asegurar el cumplimiento de los fines propuestos se propicia incorporar a dicho fondo un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UNO ($ 42.219.701), los que se transferirán a la Cuenta Corriente en Pesos N° 659.048.517/3, CBU 01106592-40065904851730, de titularidad del “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo” (FONDEP), C.U.I.T. Nº 30-71455496-0.

Que a solicitud de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO por intermedio de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, el Comité Ejecutivo del FONDEP mediante Acta N° 95 de fecha 10 de diciembre de 2018, resolvió aceptar el aporte de hasta PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) a realizarse por parte de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA, de conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 4° del Decreto N° 606/14.

Que por el inciso b) del Artículo 35 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, se establecieron las competencias de los funcionarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL para aprobar gastos, hasta los montos representados en los módulos que se detallan en el Anexo del referido inciso, en tanto que el inciso c) del mismo artículo establece la competencia exclusiva de los mismos funcionarios para aprobar gastos imputables a los conceptos incluidos en el clasificador por objeto del gasto que allí se incluye.

Que la Dirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención de su competencia, informando que a la fecha existe crédito disponible para atender la transferencia que se propicia por PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UNO ($ 42.219.701) en el Inciso 5 partida principal 5, partida parcial 4, sub-parcial 765 – I.p.p. 5.5.4 - 765 “Transferencias a Organismos Internacionales para financiar Gastos” - Ejercicio 2019 - Programa 32 – “Formulación y Ejecución de la Política Geológico-Minera”, SAF 362 – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE POLÍTICA MINERA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “CONVENIO MARCO DE TRANSFERENCIA DE FONDOS AL FIDEICOMISO FINANCIERO Y DE ADMINISTRACIÓN “FONDO NACIONAL DE DESARROLLLO PRODUCTIVO” (FONDEP) PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS PRODUCTIVOS DE MiPyMEs MINERAS” a suscribirse entre la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y la firma BICE FIDEICOMISOS S.A., C.U.I.T. N° 30-70786541-1, que como Anexo, IF-2019-107838028-APN-SPM#MPYT, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la transferencia a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), C.U.I.T. Nº 30-71455496-0, por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS UNO ($ 42.219.701), los que serán transferidos a la Cuenta Corriente en Pesos N° 659.048.517/3, CBU 01106592-40065904851730, de titularidad del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a la partida presupuestaria de la Jurisdicción 51-01- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - Programa 32 – “Formulación y Ejecución de la Política Geológico-Minera”, Inciso 5, Partida Principal 5, Partida Parcial 4, Sub-Parcial 765, para el Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Diana Carolina Sánchez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/12/2019 N° 94303/19 v. 06/12/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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