MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPLEMENTOS EXCEPCIONALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Nov-2013
Resumen:
LOS SUPLEMENTOS EXCEPCIONALES ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 2°, 3°, 4° Y 6° DEL DECRETO N° 390/2013 PODRAN SER SOLICITADOS DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL CITADO DECRETO.