ACTIVIDAD MINERA
DERECHOS BENEFICIARIOS ESTABILIDAD FISCAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Dic-2004
Resumen:
CONDICIONES A CUMPLIR PARA ADQUIRIR EL DERECHO A LOS BENEFICIOS DE ESTABILIDAD FISCAL PREVISTOS EN EL TITULO I DEL CAPITULO IV DE LA LEY NRO 24.196 DE INVERSIONES MINERAS, INCLUYENDO TANTO LOS ASPECTOS TRIBUTARIOS COMO LOS REGIMENES CAMBIARIO Y ARANCELARIO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION N° 9 DE LA SECRETARIA DE POLITICA MINERA B.O. 04/02/2019, PAGINA 9. VIGENCIA: VER ARTICULO 3° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.