PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución Nº 1102/98
Bs. As., 28/12/98
VISTO el expediente Nº 1429/98 del registro de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en las Resoluciones SRNyDS Nº 401/98 y 707/98 se amplió el plazo previsto en el numeral 4.3. del Acta Acuerdo del 30 de octubre de 1997, aprobada por Decreto Nº 1167/97 para proceder a concretar los estudios previos a la primera revisión ordinaria de tarifas previstos en el numeral 4.1. de la mencionada Acta Acuerdo.
Que notificado el ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS de la última de las resoluciones antes citadas, requiere una prórroga para proceder a la labor de control y análisis de las propuestas que presente el Concesionario en el marco de la revisión ordinaria que le permita realizar dichas tareas con la minuciosidad que el tema exige.
Que analizado por la UNIDAD ASESORA creada por la Res. SRNyDS Nº 253/98 el pedido formulado, se requirió la conformidad del Concesionario quien ha aceptado el otorgamiento de la prórroga en forma expresa, sin perjuicio de acordar el Plan de Obras correspondientes al primer trimestre de 1999.
Que la concesión de una prórroga de la fecha de finalización de la Primera Revisión Ordinaria facilitará también la labor que viene desarrollándose por parte de los involucrados en la concreción de los acuerdos y propuestas a realizar de conformidad con lo establecido en el punto 4.1. del Acta Acuerdo del 30 de octubre de 1997 aprobada por Decreto Nº 1167/97.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION DE ASUNTOS JURIDICOS de esta SECRETARIA.
Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto en atención a las facultades conferidas por el art. 2º del Decreto 1167/97, art. 20 del Decreto Nº 146/98 y art. 1º del Decreto Nº 1087/98.
Por ello,
LA SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorrógase hasta el 31 de marzo de 1999 el plazo establecido en el numeral 11.11.3. del Contrato de Concesión aprobado por Decreto Nº 787/93 para la realización de la primera Revisión Ordinaria Quinquenal de Tarifas.
ARTICULO 2º — Póngase en conocimiento de la H. COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE LAS PRIVATIZACIONES, LEY 23.696, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS y de AGUAS ARGENTINAS S.A. por medio de la UNIDAD ASESORA de la Autoridad de Aplicación Res. SRNyDS Nº 253/98.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY, Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.