MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
VALOR MOVILIDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
07-Ago-2018
Resumen:
DETERMINESE QUE EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY Nº 24.241 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2018, ES DE SEIS COMA SESENTA Y OCHO POR CIENTO (6,68 %), CONFORME LA FORMULA OBRANTE EN EL ANEXO I DE LA LEY N° 27.426.