IMPUESTOS INTERNOS
PERCEPCION Y FISCALIZACION
Fecha de sanción
Resumen:
LA RECAUDACION DE LOS IMPUESTOS INTERNOS Y LA FISCALIZACION E INSPECCION DE LAS INDUSTRIAS AFECTADAS POR ESTAS, SE PRACTICARA EN EL MODO Y FORMA QUE SE DETERMINA EN LA PRESENTE Y DE CONFORMIDAD CON LOS DECRETOS QUE PARA SU EJECUCION SE DICTEN.
Observaciones:
PUBLICADA EN EL REGISTRO NACIONAL 1899 - TOMO I - PAGINA 61. T.O.1968 DECRETO Nº 4700/68 B.O.10/9/68 - T.O. 1973 DECRETO 4890/73 B.O.17/9/73 - T.O. 1976 DECRETO 3426/76 B.O. 30/12/76 - T.O. 1977 DECRETO 3984/77 B.O. 13/1/78. CONSULTE EL ULTIMO TEXTO ORDENADO DE LA PRESENTE LEY INGRESANDO AL TEXTO DEL DECRETO 2682/1979 , - B.O. 30/10/79