Presidencia de la Nación

Ley 27423

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 1077 / 2017

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 21-Dic-2017 Descripción
PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO N° 27423 - OBSERVACIONES

OBSERVASE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 5°, DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423. OBSERVASE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 11, DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423. OBSERVANSE EN EL ARTICULO 19 DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL N° 27.423 DETERMINADAS TABLAS. Y OTRAS OBSERVACIONES.

Normativa / Número Decreto DNU 157 / 2018

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 27-Feb-2018 Descripción
DISPOSICIONES LEY 27423 - APLICACION Y MODIFICACION

ESTABLECESE QUE EN LOS ASUNTOS REGULADOS EN EL LIBRO I DEL TITULO I DE LA LEY N° 27.260 Y SUS MODIFICATORIAS, NO RESULTARA DE APLICACION LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 5°, 10, 16 IN FINE, 51 Y 58 DE LA LEY N° 27.423. DEROGASE EL ARTICULO 36 DE LA LEY N° 27.423.

Normativa / Número Resolución 264 / 2020

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Fecha publicación 28-Dic-2020 Descripción
PAGO DE LOS HONORARIOS

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION EN SU CARACTER DE ADMINISTRADOR DE LOS RECURSOS Y EJECUTOR DEL PRESUPUESTO QUE LA LEY ASIGNA AL PODER JUDICIAL DE LA NACION (ARTICULO 114° INCISO 3° CN), SOLAMENTE ASUME PROVISIONALMENTE, Y SIN DECLINAR EL DERECHO A SU RECUPERO ANTE EL ORGANISMO, PERSONAS HUMANAS O JURIDICAS QUE RESULTEN FINALMENTE OBLIGADAS AL PAGO, LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ARGENTINO A LOS FINES DEL PAGO DE LOS HONORARIOS. DEROGAR LAS RESOLUCIONES CM NOS 486/10, 339/16, 395/16 Y 146/18, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS.

Normativa / Número Disposición 106 / 2021

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Fecha publicación 20-Jul-2021 Descripción
ARANCEL

ESTABLECER EL ARANCEL PARA LA TRAMITACION Y CONTESTACION DE OFICIOS Y PEDIDOS DE INFORMES DIRIGIDOS A ESTA ADMINISTRACION FEDERAL Y/O A CUALQUIERA DE SUS DEPENDENCIAS, MEDIANTE LOS CUALES SE SOLICITEN DATOS O ANTECEDENTES QUE OBREN EN SUS ARCHIVOS, REGISTROS Y/O CUALQUIER OTRA FUENTE DOCUMENTAL, EN UN MONTO EQUIVALENTE AL SIETE CON CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO (7,50%) DEL VALOR VIGENTE DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) DISPUESTA EN LA LEY N° 27.423 Y SUS MODIFICACIONES.

Normativa / Número Acordada 25 / 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 15-Sep-2022 Descripción
UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA

HACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS ONCE ($ 9.811) A PARTIR DEL 1 DE JULIO Y A LA SUMA DE PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS ($ 10.400) A PARTIR DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2022.

Normativa / Número Acordada 3 / 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 28-Feb-2023 Descripción
UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA

HACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 12.479) A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2022.

Normativa / Número Acordada 9 / 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 11-Abr-2023 Descripción
VALOR UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA

HACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO ($ 13.228) A PARTIR DEL 1 DE ENERO, DE PESOS CATORCE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO ($ 14.154) A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO Y DE PESOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES ($ 14.933) A PARTIR DEL 1 DE MARZO DEL 2023.

Normativa / Número Acordada 19 / 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 16-Jun-2023 Descripción
VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA

HACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE PESOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 16.277) A PARTIR DEL 1 DE ABRIL, DE PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 17.741) A PARTIR DEL 1 DE MAYO Y DE PESOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 19.338) A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2023.

Normativa / Número Acordada 29 / 2023

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

Fecha publicación 26-Sep-2023 Descripción
VALOR UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA

HACER SABER QUE EN FUNCION DE LO DISPUESTO POR EL ART. 19 DE LA LEY 27.423 EL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA ARANCELARIA (UMA) EQUIVALE A LA SUMA DE VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 20.595) A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2023.

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