ACUERDOS
Ley 26.708
Apruébase el acuerdo entre el gobierno de la República Argentina y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Créase el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada: Diciembre 21 de 2011
ARTICULO 1º — Apruébase el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA —UNESCO— SOBRE LA CREACION EN BUENOS AIRES —ARGENTINA— DEL CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS, COMO CENTRO DE CATEGORIA 2, suscripto en Buenos Aires el 13 de febrero de 2009, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante de la presente ley como Anexo I.
ARTICULO 2º — Créase el CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH), como entidad descentralizada en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que se organizará y regirá conforme a las disposiciones normativas que constan en el documento de VEINTICUATRO (24) artículos, que forma parte integrante de la presente ley como Anexo II.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
Ley 26.708
Apruébase el acuerdo entre el gobierno de la República Argentina y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Créase el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos.
Sancionada: Noviembre 30 de 2011
Promulgada: Diciembre 21 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Apruébase el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACION, LA CIENCIA Y LA CULTURA —UNESCO— SOBRE LA CREACION EN BUENOS AIRES —ARGENTINA— DEL CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS, COMO CENTRO DE CATEGORIA 2, suscripto en Buenos Aires el 13 de febrero de 2009, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante de la presente ley como Anexo I.
ARTICULO 2º — Créase el CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH), como entidad descentralizada en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que se organizará y regirá conforme a las disposiciones normativas que constan en el documento de VEINTICUATRO (24) artículos, que forma parte integrante de la presente ley como Anexo II.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.708 —
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar