Presidencia de la Nación

Ley 26288

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


LEY QUE GARANTIZA LOS INTERESES DEL ESTADO NACIONAL EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ARTICULO 7° LEY N° 24.588 - SUSTITUCION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 07-Sep-2007
Resumen:

COMPETENCIA EN MATERIA DE SEGURIDAD. SUSTITUYESE EL TEXTO DEL ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 24.588. CLAUSULA TRANSITORIA UNICA.

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