Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


DESARROLLO REGIONAL Y GENERACION DE EMPLEO

Ley 25.289

Transferencia del dominio de un inmueble propiedad del Banco Hipotecario Nacional. Modificación del artículo 24 de la Ley 24.855.

Sancionada: Julio 13 de 2000.

Promulgada de Hecho: Agosto 14 de 2000.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Inclúyese como inciso f) del artículo 24 de la ley 24.855, el siguiente:

f) "El inmueble de la sucursal Mendoza del Banco Hipotecario Nacional sito en la intersección de las calles Gutiérrez y Avenida España de la Ciudad de Mendoza, designado catastralmente como: 01-01-10-0022-000003-00009, Padrón territorial: 0100149".

ARTICULO 2º — Transfiérese el dominio del inmueble descrito en el artículo 1º al gobierno de Mendoza, a título gratuito con cargo de crear la Casa de la Cultura de Mendoza.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.

—REGISTRADO BAJO EL Nº 25.289—

JUAN P. CAFIERO. — CARLOS ALVAREZ. — Roberto C. Marafioti. — Mario L. Pontaquarto.

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