Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


IMPUESTOS

 

Ley 25.162

 

Prorrógase el vencimiento para el pago del impuesto establecido en la Ley Nº 25.053 correspondiente al presente ejercicio fiscal.

 

Sancionada: Septiembre 8 de 1999.

Promulgada de Hecho: Octubre 4 de 1999.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

 

ARTICULO 1º — Prorrógase el vencimiento para el pago del impuesto establecido en la ley 25.053 para el presente ejercicio fiscal hasta día 15 de noviembre de 1999.

 

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

 

— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.162 —

 

ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.— Juan C. Oyarzún.

Scroll hacia arriba