Presidencia de la Nación

Ley 25113

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


CONTRATOS DE MAQUILA

REGULACION LEGAL

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 21-Jul-1999
Resumen:

ESTABLECESE QUE HABRA CONTRATO DE MAQUILA O DE DEPOSITO DE MAQUILA CUANDO EL PRODUCTOR AGROPECUARIO SE OBLIGUE A SUMINISTRAR AL PROCESADOR O INDUSTRIAL MATERIA PRIMA CON EL DERECHO DE PARTICIPAR SOBRE EL O LOS PRODUCTOS FINALES RESULTANTES.-

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