Presidencia de la Nación

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA

Ley 25.079

Prorróganse las disposiciones del artículo 5° de la Ley 24.464.

Sancionada: Diciembre 9 de 1998.

Promulgada: Diciembre 29 de 1998.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1999 las disposiciones del artículo 5° de la Ley 24.464.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

—REGISTRADA BAJO EL N° 25.079—

ALBERTO R. PIERRI. —EDUARDO MENEM. —Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. —Mario L. Pontaquarto.

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