SISTEMA FEDERAL DE LA VIVIENDA
Ley 24.934
Prorróganse las disposiciones del artículo 5º de la Ley Nº 24.464.
Sancionada: Diciembre 9 de 1997.
Promulgada: Enero 8 de 1998.
B.O: 13/01/98
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º-Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1998 las disposiciones del artículo 5º de la Ley 24.464.
ARTICULO 2º-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL Nº 24.934-
ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Eduardo Piuzzi.
Decreto 22/98
Bs. As., 8/1/98
POR TANTO
Téngase por ley de la Nación Nº 24.934, cúmplase, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Jorge Domínguez.