MIGRACIONES
Ley N° 24.298
Créase el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior.
Sancionada: Diciembre 7 de 1993.
Promulgada: Diciembre 30 de 1993.
B.O.: 10/1/94
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° - Créase el Programa Nacional para la Vinculación con la Comunidad Argentina en el Exterior cuyo objetivo será la formulación, implementación y evaluación de un conjunto de políticas, proyectos y acciones para la comunidad argentina en el exterior, orientadas a fortalecer su participación en la vida nacional, fomentar su organización y ofrecerle canales concretos de cooperación con el país.
ARTICULO 2° - El Programa Nacional funcionará bajo la conducción de una unidad ejecutora coordinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto e integrada por representantes de la Secretaría de Población y Relaciones con la Comunidad del Ministerio del Interior, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, del Ministerio de Cultura y Educación, de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Presidencia de la Nación, del Senado de la Nación y de la Cámara de Diputados de la Nación.
ARTICULO 3° - Se solicitará la cooperación para la formulación e implementación del Programa de la Organización Internacional para las Migraciones.
ARTICULO 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.- ALBERTO R. PIERRI.- ORALDO BRITOS.- Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.- Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.
Decreto N° 2776/93
Bs.As., 30/12/93
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.298, cúmplase, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.