JUBILACIONES
REGIMENES DIFERENCIALES DE JUBILACIONES - PRORROGA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
30-Oct-1992
Resumen:
SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LOS REGIMENES DIFERENCIALES DE JUBILACIONES PREVISTOS EN EL ART. 1 DE LA LEY 24017 Y EL DEC. 1044/83.
Observaciones:
OBSERVADA PARCIALMENTE POR DECRETO N° 1953/92