IMPUESTOS
LEY N° 23.243
Modificación de la Ley N° 22.916, en lo referente a los depósitos a plazo fijo.
Sancionada: Setiembre 18 de 1985.
Promulgada: Octubre 8 de 1985.
ARTICULO 1° — Incorpórase como último párrafo del artículo 1° de la Ley N° 22.916 y sus modificaciones, el siguiente:
Los intereses y ajustes correspondientes a los depósitos a plazo fijo en moneda nacional o extranjera, efectuados a plazos iguales o superiores a ciento veinte (120) días, estarán exentos del impuesto establecido en el presente artículo.
ARTICULO 2° — Las disposiciones del artículo 1° regirán para los depósitos efectuados a partir del día de publicación de la presente ley.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
LEY N° 23.243
Modificación de la Ley N° 22.916, en lo referente a los depósitos a plazo fijo.
Sancionada: Setiembre 18 de 1985.
Promulgada: Octubre 8 de 1985.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1° — Incorpórase como último párrafo del artículo 1° de la Ley N° 22.916 y sus modificaciones, el siguiente:
Los intereses y ajustes correspondientes a los depósitos a plazo fijo en moneda nacional o extranjera, efectuados a plazos iguales o superiores a ciento veinte (120) días, estarán exentos del impuesto establecido en el presente artículo.
ARTICULO 2° — Las disposiciones del artículo 1° regirán para los depósitos efectuados a partir del día de publicación de la presente ley.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los dieciocho días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
JUAN C. PUGLIESE | EDISON OTERO |
Carlos A. Bravo | Antonio J., Macris |
— Registrada, bajo el N° 23.243 —