IMPUESTOS
Prorrógase la vigencia de los impuestos creados por la disposición de facto N° 22.916.
LEY N° 23.130
Sancionada: Setiembre 30 de 1984.
Promulgada: Octubre 19 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1985, inclusive, la vigencia de los impuestos creados por la disposición de facto N° 22.916.
ARTICULO 2° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
J.C. PUGLIESE | V.H. MARTINEZ |
Hugo Beinicoff | Antonio J. Macris |
–Registrada bajo el N° 23.130–