Ley 22162
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto 1928 / 1980
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 25-Sep-1980 |
Descripción
LEY 22162 - OTORGASE EL BENEFICIO ACORDADOOTORGASE EL BENEFICIO ACORDADO POR LA LEY Nº 22.162 A LOS CURAS PARROCOS O VICARIOS ECONOMOS DE PARROQUIAS SITUADAS EN ZONAS DE FRONTERA O DE AQUELLAS UBICADAS EN OTRAS ZONAS QUE POR SU CARACTER TAMBIEN REQUIEREN LA PROMOCION DE SU DESARROLLO, QUE DETERMINE EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO POR RESOLUCIÓN DICTADA POR SU TITULAR Y QUE SEAN PRESENTADOS EN LAS CONDICIONES DEL ARTÍCULO 2º DE LA MENCIONADA LEY
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Normativa / Número
Decreto 628 / 1994
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 03-Mayo-1994 |
Descripción
CULTO - NUEVAS EQUIVALENCIAS PAGO DE BENEFICIOS -ESTABLECESE NUEVAS EQUIVALENCIAS PARA LA LIQUIDACION Y PAGO DE BENEFICIOS A CU RAS PARROCOS O VICARIOS ECONOMOS Y ALUMNOS DE SEMINARIO MAYORES.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 10 / 2002
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 11-Mar-2002 |
Descripción
LEY 25401 Y DECRETO 25/01 - EXCEPCIONEXCEPTUASE AL MENCIONADO ORGANISMO AUTARQUICO, DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO NRO.25/2001 Y LA LEY NRO.25.401, AL SOLO EFECTO DE PROCEDER A LA COBERTURA DE DETERMINADOS CARGOS DE SU DOTACION DE PLANTA PERMANENTE.
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Normativa / Número
Resolución Conjunta 3 / 2018
MINISTERIO DE EDUCACION CULTURA CIENCIA Y TECNOLOGIA Resolución Conjunta 3 / 2018MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
Fecha publicación 19-Dic-2018 |
Descripción
CONTRIBUCION EN CONCEPTO DE SOSTENIMIENTO DEL CULTOESTABLECESE QUE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS DE GESTION PRIVADA DE TITULARIDAD O BAJO LA DIRECCION DE LA IGLESIA CATOLICA O DE UNA CONFESION RELIGIOSA INSCRIPTA EN EL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS, PODRAN PERCIBIR UNA CONTRIBUCION EN CONCEPTO DE SOSTENIMIENTO DEL CULTO, A CARGO DE LOS PADRES O RESPONSABLES DE LOS ALUMNOS QUE ASISTAN A LOS MISMOS, POR CUENTA Y ORDEN DE LA INSTITUCION RELIGIOSA QUE CORRESPONDA.
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