Ley 21342
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto 3030 / 1977
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 01-Nov-1977 |
Descripción
DECLARACIONES JURADAS ANUALES - PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIONESTABLECESE LA FECHA Y EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA ANUAL POR PARTE DE LOS LOCATARIOS, CORRESPONDIENTE AL AÑO 1977
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Normativa / Número
Ley 21771
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 07-Abr-1978 |
Descripción
BENEFICIOS IMPOSITIVOSRECONSTRUYESE UN MERCADO LOCATIVO. AMBITO DE APLICACION. INVERSIONES Y RENTAS. BENEFICIOS IMPOSITIVOS. PLAZO MINIMO DE LOCACION.
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Normativa / Número
Ley 21810
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 09-Jun-1978 |
Descripción
TRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS-TERRITORIO DE TIERRA DEL FUEGOTRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS AL TERRITORIO DE TIERRA DEL FUEGO Y A LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES.
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Normativa / Número
Decreto 1929 / 1978
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 25-Ago-1978 |
Descripción
DECLARACIONES JURADAS ANUALES - PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIONESTABLECESE LA FECHA Y EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA ANUAL POR PARTE DE LOS LOCATARIOS, CORRESPONDIENTE AL AÑO 1978.
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Normativa / Número
Decreto 1780 / 1979
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 30-Jul-1979 |
Descripción
DECLARACIONES JURADAS ANUALES - PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIONESTABLECESE LA FECHA PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA ANUAL POR PARTE DE LOS LOCATARIOS, CORRESPONDIENTE AL AÑO 1979
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Normativa / Número
Ley 22367
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 19-Ene-1981 |
Descripción
TRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS-PROVINCIAS-DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION DEL ADULTOTRANSFERENCIA A PROVINCIAS DE SERVICIOS DE EDUCACION DE ADULTOS.
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Normativa / Número
Ley 22368
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 19-Ene-1981 |
Descripción
TRANSFERENCIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS-MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRESTRANSFERENCIA A MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Y A TERRITORIO DE TIERRA DEL FUEGO DE SERVICIOS DE EDUCACION DE ADULTOS.
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Normativa / Número
Ley 22434
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 26-Mar-1981 |
Descripción
SU MODIFICACIONMODIFICASE EL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. DEROGANSE LOS ARTS. 7° Y 8° DE LA LEY N° 4055; LAS LEYES Nros. 19.419 Y 17.454; EL ART. 2° DE LA LEY N° 21.203; LA LEYES Nros.21.305 Y 21.411; EL ART. 1° DE LA LEY N° 21.708 Y LOS ARTS. 33 A 46 DE LA LEY N° 21.342.
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Normativa / Número
Ley 23091
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 16-Oct-1984 |
Descripción
BENEFICIOS IMPOSITIVOSESTABLECENSE BENEFICIOS IMPOSITIVOS A LOCACIONES URBANAS Y PROMOCION DE CONSTRUCCION DE VIVIENDAS.
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Normativa / Número
Ley 23542
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 03-Dic-1987 |
Descripción
REDUCCION PORCENTUALREDUCESE EN 10 PUNTOS DE LAS VARIACIONES PORCENTUALES PARA LOCACIONES URBANAS, CORRESPONDIENTES AL MES DE OCTUBRE DE 1987.
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Normativa / Número
Ley 23747
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 10-Oct-1989 |
Descripción
DISPOSICIONES PARA LOCADORES Y LOCATARIOSDISPOSICIONES PARA LOS LOCADORES Y LOCATARIOS COMPRENDIDOS EN LA LEY 23091 Y EN LAS NORMAS DEL REGIMEN GENERAL APLICABLE LAS LOCACIONES URBANAS CUALQUIERA FUERE SU DESTINO. POROMULGADA POR DEC. 989 DEL 6-10-89.
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Normativa / Número
Ley 26994
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 08-Oct-2014 |
Descripción
APROBACIONAPRUEBASE EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. DEROGANSE: LAS LEYES NROS. 11.357, 13.512, 14.394, 18.248, 19.724, 19.836, 20.276, 21.342 —CON EXCEPCION DE SU ARTICULO 6°—, 23.091, 25.509 Y 26.005; LA SECCION IX DEL CAPITULO II —ARTICULOS 361 A 366— Y EL CAPITULO III DE LA LEY 19.550, T.O. 1984; LOS ARTICULOS 36, 37 Y 38 DE LA LEY 20.266 Y SUS MODIFICATORIAS; EL ARTICULO 37 DEL DECRETO 1798 DEL 13 DE OCTUBRE DE 1994; LOS ARTICULOS 1° A 26 DE LA LEY 24.441; LOS CAPITULOS I —CON EXCEPCION DEL SEGUNDO Y TERCER PARRAFOS DEL ARTICULO 11— Y III —CON EXCEPCION DE LOS PARRAFOS SEGUNDO Y TERCERO DEL ARTICULO 28— DE LA LEY 25.248; LOS CAPITULOS III, IV, V Y IX DE LA LEY 26.356. DEROGANSE EL CODIGO CIVIL, APROBADO POR LA LEY 340, Y EL CODIGO DE COMERCIO, APROBADO POR LAS LEYES NROS. 15 Y 2.637, EXCEPTO LOS ARTICULOS 891, 892, 907, 919, 926, 984 A 996, 999 A 1003 Y 1006 A 1017/5.
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Normativa / Número
Ley 27077
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 19-Dic-2014 |
Descripción
VIGENCIA LEY 26.994 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ARTICULO 7° DE LA LEY 26.994 POR EL SIGUIENTE: ARTICULO 7°: LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGENCIA EL 1° DE AGOSTO DE 2015.
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