JUSTICIA FEDERAL
REEMPLAZO EN CASO DE RECUSACION, EXCUSACION, IMPEDIMENTO, VACANCIA O LICENCIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Ene-1974
Resumen:
PODER JUDICIAL. JUECES FEDERALES CON ASIENTO EN LAS PROVINCIAS Y EN EL TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO. REEMPLAZO EN CASO DE RECUSACION, EXCUSACION, IMPEDIMENTO, VACANCIA O LICENCIA.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 6° DE LA LEY 26.376, B.O. 5/06/2008, PAGINA 1.