Presidencia de la Nación

Ley 17097

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


EMPRESAS DEL ESTADO

FLOTA FLUVIAL DEL ESTADO ARGENTINO

Fecha de sanción
Resumen:

AUTORIZASE LA VENTA POR LICITACION DE INMUEBLES, BUQUES Y ARTEFACTOS FLOTANTES QUE COMPONEN SU PLANTEL.

Observaciones:

ABROGADA POR LEY 22385 (B.O. 03-02-1981)

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