Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

LEY Nº 17.072

Créase el cargo de Subadministrador General.

Buenos Aires, 20 de diciembre de 1966.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

El Presidente de la Nación Argentina, Sanciona y Promulga con fuerza de

Ley:

Artículo 1º - Créase en la Dirección Nacional de Vialidad el cargo de Subadministrador General, cuyo titular tendrá la misión de asistir y secundar al Administrador General y resolver los asuntos que éste le confíe. Las resoluciones que dicte, por delegación, en tales asuntos, tendrán el mismo valor jurídico que las del Administrador General.

Artículo 2º - El Subadministrador General revistará fuera del escalafón, no gozará de garantía de estabilidad, y tendrá igual remuneración que la fijada en el presupuesto de dicha repartición para el Ingeniero Jefe.

Artículo 3º - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se incluirán en el presupuesto de la repartición, a cuyo efecto se practicarán los reajustes pertinentes.

Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Onganía. -  Jorge N. Salimei.
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