BANCO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETO LEY 4028/58 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Oct-1959
Resumen:
AGREGASE COMO INCISO G) DEL ARTICULO 17 DEL DECRETO LEY 4028/58 AL SIGUIENTE: "G) CON EL CRÉDITO A QUE SE REFIERE EL ARTICULO SIGUIENTE:". AGREGASE COMO ARTICULO 17 BIS DEL DECRETO LEY 4028/58 EL SIGUIENTE: ARTICULO 17 BIS. - AUTORIZASE AL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA PARA ACORDAR AL BANCO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, UN CREDITO EN CUENTA CORRIENTE A INTERES RECIPROCO Y CONVENCIONAL, HASTA LA SUMA DE QUINIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL ($ 500.000.000).