IMPUESTOS
ASOCIACIONES COOPERADORAS ESCOLARES - EXENCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Nov-1958
Resumen:
LAS ASOCIACIONES COOPERADORAS ESCOLARES ESTARAN EXENTAS DEL PAGO DE SELLADO DE ACTUACION, IMPUESTOS, TASAS Y DERECHOS EN LOS ACTOS Y GESTIONES QUE REALICEN ESPECIFICAMENTE PARA LAS ESCUELAS DE TODO ORDEN QUE FUNCIONEN EN EL PAIS.