EXPROPIACIONES
AUTORIZASE LA EXPROPIACION DE BIENES EN CONCEPTO DE UTILIDAD PUBLICA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Sep-1948
Resumen:
EL CONCEPTO DE UTILIDAD PUBLICA COMPRENDE TODOS LOS CASOS EN QUE SE PERSIGA LA SATISFACCION DE UNA EXIGENCIA DETERMINADA POR EL PERFECCIONAMIENTO SOCIAL.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 73 DE LA LEY 21.499, B.O. 21/01/1977, PAGINA 3.