Presidencia de la Nación

Instrucción 20 / 2007

SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES


JUBILACIONES Y PENSIONES

MECANISMO DE FINANCIAMIENTO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 05-Dic-2007
Resumen:

EL MECANISMO DE FINANCIAMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 99 DE LA LEY Nº 24.241, TEXTO SEGUN ARTICULO 10 DE LA LEY Nº 26.222, NO ALCANZA A LAS OBLIGACIONES A LAS QUE HACEN REFERENCIA LOS ARTICULOS 95 Y 96 DE LA LEY Nº 24.241, QUE DEBAN SER CUBIERTAS POR ALGUNA POLIZA DE SEGUROS CONTRATADA POR LA ADMINISTRADORA Y EN LAS CONDICIONES DE OCURRENCIA O EXIGIBILIDAD DE LOS HECHOS QUE FUERAN DE APLICACION EN LAS MISMAS Y PARA CADA CASO.

Scroll hacia arriba