SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
PUBLICACION - OBLIGATORIEDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Jun-2007
Resumen:
EN CASO DE PRODUCIRSE UN AUMENTO EN EL COSTO DEL SEGURO DE INVALIDEZ Y FALLECIMIENTO QUE APLICA EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL INCISO D) DEL ART. 1º DEL DECRETO 313/07, LA AFJP ESTARA OBLIGADA PUBLICAR CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL MISMO, EN AL MENOS 2 DIARIOS DE AMPLIA DIFUSION EN EL PAIS EL IMPORTE DE LA ALICUOTA ANTERIOR Y DE LA NUEVA, Y LA FECHA DE VIGENCIA DE LA MODIFICACION, CONFORME LO ESTABLECE EL ARTICULO 16 DE LA INSTRUCCION SAFJP Nº 5/2002.