Presidencia de la Nación

Instrucción 40 / 2001

SUP. DE ADM. DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES


JUBILACIONES Y PENSIONES

PRESTAMOS GARANTIZADOS - COMPLEMENTARIA

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 03-Dic-2001
Resumen:

LOS "PRESTAMOS GARANTIZADOS" AL GOBIERNO NACIONAL EN MONEDA NACIONAL Y EN DOLARES ESTADOUNIDENSES SERAN VALUADOS DIARIAMENTE A SU VALOR ECONOMICO. EL "VALOR ECONOMICO" SE DETERMINARA COMO EL VALOR PRESENTE DE LOS FLUJOS FUTUROS NETOS DE CAJA, DESCONTADOS A LA TASA INTERNA DE RETORNO (TIR) QUE SURJA DE LAS CONDICIONES DE EMISION. SERA APLICABLE A LA PRESENTE LO DISPUESTO EN EL ANEXO II DE LA INSTRUCCION SAFJP NRO. 72/94. (NOTA: ABROGADA POR ART. 4 DE LA INST. 21/02 - BO 19/4/02).-

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