ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DELEGACION
Resumen:
DELEGASE EN LA SUBDIRECCION GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA, LA FACULTAD PARA ACEPTAR O RECHAZAR LA EXCEPCION DE LA SUSPENSION DEL REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES, EN LA MEDIDA QUE OTORGAREN GARANTIA SUFICIENTE EN RESGUARDO DEL INTERES FISCAL, A LOS PROCESADOS JUDICIALMENTE POR ALGUN DELITO ADUANERO, IMPOSITIVO O PREVISIONAL, EN LOS TERMINOS DE LOS INCISOS B) Y F) DEL APARTADO 1. DEL ARTICULO 97 DEL CODIGO ADUANERO, ASI COMO LAS DECISIONES RELATIVAS AL MONTO DE LA MENCIONADA GARANTIA. DICHOS ACTOS DEBERAN SER PRECEDIDOS DEL PERTINENTE DICTAMEN JURIDICO DE COMPETENCIA DE LA DIRECCION DE ASESORIA LEGAL ADUANERA DEPENDIENTE DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.