COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 853/2019
DI-2019-853-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-98034178-APN-DRH#CNRT, los Decretos N° 660 del 24 de junio de 1996, N° 1388 del 29 de noviembre de 1996, N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015, las Decisiones Administrativas N° 514 del 19 de diciembre de 1996 y N° 832 del 7 de octubre de 2019 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución N° 29 del 24 de enero de 1997 y la Disposición DI-2019-836-APN-CNRT#MTR de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANRPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 660/96, dispuso la creación de COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE mediante la fusión de la ex - COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y la ex - COMISIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO.
Que por Decreto N° 1388/96, se estableció la integración de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y la absorción de la ex - UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE REESTRUCTURACIÓN FERROVIARIA.
Que mediante el Decreto N° 1388/96 se aprobó además el primer nivel operativo de la estructura organizativa de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, así como su integración y el estatuto que regirá su funcionamiento.
Que conforme el Decreto N° 1388/96 la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se rige, en su relación con el personal, conforme lo dispuesto en la Ley N° 20.744 de Contrato de Trabajo y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 514/96 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en virtud de lo previsto por el artículo 3° del Decreto N° 1388/96, se procedió a una nueva apertura orgánica por la cual se incorporaron los planteles básicos permanentes innominados, se establecieron las categorías escalafonarias relativas a cada puesto de tareas y la escala salarial correspondiente.
Que por la Resolución N° 29/97 de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se aprobó la estructura orgánica a partir del segundo nivel, que como Anexo I forma parte de dicho acto administrativo.
Que por Decreto N° 1661/15 se sustituyeron los Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1388/96 por Anexos I, II, III y IV de la nueva normativa dictada.
Que el artículo 11 del Decreto N° 632/18 estableció que los Organismos descentralizados y desconcentrados de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL deberán presentar a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS un proyecto de optimización de su estructura organizativa.
Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que, como Anexos Ia, Ib (IF-2019-64825508-APN-DNDO#JGM) y II (IF-2019-90104236-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la citada decisión administrativa.
Que además, mediante el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE de conformidad con el Organigrama y las Acciones que como Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId (IF-2019-90105870-APN-DNDO#JGM) y IV (IF-2019-90106719-APN-DNDO#JGM), forman parte integrante de la mencionada decisión administrativa.
Que en virtud de la Decisión Administrativa citada y teniendo en cuenta que la misma reemplaza la estructura orgánica de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE, como así también las Responsabilidades Primarias y Acciones de cada una de las áreas que la integran, resulta necesario actualizar las denominaciones, misiones y responsabilidades de las Unidades Organizativas que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente acto, registrado como IF-2019-103758798-APN-DRH#CNRT las cuales continuaran a cargo de los agentes ya designados en cada una.
Que asimismo teniendo en cuenta que hay agentes que tenían asignadas funciones jerárquicas a la espera del dictado de la Decisión Administrativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 832/19, corresponde asignar a los mismos en las unidades organizativas que se detallan en el ANEXO II que forma parte integrante del presente acto administrativo, registrado como IF-2019-103760768-APN-DRH#CNRT, sin que implique una modificación de la categoría salarial.
Que además, resulta necesario designar en las nuevas unidades organizativas a los agentes que integran el ANEXO III que forma parte integrante del presente acto administrativo registrado, como IF-2019-98059304-APN-DRH#CNRT, asignándole las categorías que se indica en cada caso, conforme las funciones asumidas.
Que habiéndose detectado errores materiales en los Anexos de la Disposición CNRT N° DI-2019-836-APN-CNRT#MTR, como así también la omisión de su publicación, en los términos del artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549, resulta conveniente proceder a dejarla sin efecto, y reemplazarla por la presente medida, que incorpora las correcciones correspondientes.
Que la Resolución CNRT N° 29/97, devino obsoleta frente a las modificaciones sustanciales ocurridas en la estructura organizacional y considerando que la actuación administrativa insta a definir las denominaciones, misiones y responsabilidades de las unidades organizativas, de acuerdo a la nueva estructura orgánica de esta Comisión Nacional aprobada por Decisión Administrativa N° 832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resultando necesario derogar la citada Resolución.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES ha certificado que se cuenta con crédito presupuestario.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.
Que este acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado por Decreto N° 1388/96 y sus modificatorios y el Decreto N° 911/17.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Actualízase las denominaciones, misiones y responsabilidades de las Unidades Organizativas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE que se detallan en el ANEXO I registrado como IF-2019-103758798-APN-DRH#CNRT que forma parte integrante de la presente Disposición conforme la Decisión Administrativa N° 832/19 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las cuales continuarán a cargo de los agentes ya designados.
ARTÍCULO 2°.- Asígnase a los agentes que se detallan en el ANEXO II registrado como IF-2019-103760768-APN-DRH#CNRT que forma parte integrante de la presente Disposición, a cargo de las Unidades Organizativas indicadas en cada caso, extendiéndose hasta tanto dure la contratación y/o una norma de igual relevancia disponga lo contrario. La medida que se propicia no implica una modificación en la categoría salarial.
ARTÍCULO 3°- Desígnase a los agentes que se detallan en el ANEXO III registrado como IF-2019-98059304-APN-DRH#CNRT que forma parte integrante de la presente Disposición, a cargo de las Unidades Organizativas indicadas en cada caso, con las categorías salariales allí contempladas, de conformidad con las funciones asumidas y hasta tanto dure la contratación y/o una norma de igual relevancia disponga lo contrario.
ARTÍCULO 4°.- Establézcase que, en caso de que los agentes contemplados en los Anexos II y III de los artículos 2° y 3° dejasen de ejercer las funciones que le fueran asignadas, volverán a la situación de revista anterior o a la que corresponda de acuerdo a sus funciones.
ARTÍCULO 5°.- Déjase sin efecto la Disposición CNRT N° DI-2019-836-APN-CNRT#MTR, del 20 de noviembre de 2019, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 6°.-. Derógase la Resolución CNRT N° 29 del 24 de enero de 1997.
ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS a adecuar la categoría salarial acorde las funciones asignadas, en los casos que corresponda.
ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande la medida que se tramita por este acto administrativo, será atendido mediante las partidas presupuestarias específicas de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 9°.- Hágase saber a la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, a efectos de que proceda a notificar a los agentes involucrados y a la Unidad de Auditoría Interna.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Castano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/11/2019 N° 92018/19 v. 29/11/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)