Presidencia de la Nación

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

Disposición 84/2024

DI-2024-84-APN-ONC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2024

VISTO el Expediente EX-2024-125543538- -APN-ONC#JGM, las Leyes Nros. 13.064, 17.520, 22.520 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1336 del 29 de diciembre de 2016 y 1169 del 21 de diciembre de 2018 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN 197 de fecha 18 de abril de 2017, modificada por la Resolución N° 35 de fecha 14 de noviembre 2024 de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1336 de fecha 29 de diciembre de 2016 se aprobó la implementación del Sistema de Gestión Electrónica para las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y licencias, “CONTRAT.AR”, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de contratación y seguimiento de la ejecución de los mencionados contratos del Sector Público Nacional, de conformidad con la normativa legal vigente en la materia.

Que mediante la Resolución N° 197 de fecha 18 de abril de 2017 del EX MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se aprobaron las políticas, términos y condiciones de uso del Sistema de Gestión Electrónica para las contrataciones de Obra Pública, concesiones de Obra Pública y Servicios Públicos y licencias, “CONTRAT.AR” aprobado por el Decreto Nº 1336 de fecha 29 de diciembre de 2016, a las cuales deberán sujetarse los usuarios en la utilización del sistema.

Que asimismo, mediante la referida resolución se aprobaron el procedimiento de registro y autenticación de los usuarios de los constructores, el procedimiento de registro y autenticación de los usuarios de la Administración y la matriz de asignación de perfiles.

Que en los Anexos a la resolución citada, en su redacción original, se contempló únicamente como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR a los constructores de obra pública previstos en la Ley N° 13.064, no previéndose a los concesionarios del régimen previsto en la Ley N° 17.520, aplicable a las concesiones de obras e infraestructuras públicas y servicios públicos.

Que los Anexos de la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 197 de fecha 18 de abril de 2017, fueron sustituidos por la Resolución N° 35/2024 de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva, a fin de contemplar a todos los posibles usuarios del Sistema CONTRAT.AR; permitiendo el acceso al sistema a los interesados en participar en procesos de contratación regidos por la Ley N° 17520.

Que mediante Decreto N° 1169 de fecha 21 de diciembre de 2018 se estableció a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, como Órgano Rector del Sistema de Contrataciones de Obras Públicas y Concesiones de Obras Públicas que lleven a cabo las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional comprendida en el inciso a) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156, teniendo dentro de sus funciones administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 1º del Decreto 1169/2018 y del punto 3, del Anexo III de la Resolución N° 197 de fecha 18 de abril de 2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, modificada por la Resolución N° 35/2024 de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva.

Por ello,

LA TITULAR DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento que deberán realizar los interesados en participar en los procedimientos de contratación regidos por la Ley Nº 17.520 que lleven a cabo las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional comprendidas en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, para la inscripción y validación de usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR ante la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SECRETARÍA EJECUTIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, que como Anexo I (DI-2024-125545575-APN-ONC#JGM), forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los modelos de declaraciones juradas de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de elegibilidad, de beneficiario final y de actividades de obra e infraestructura pública, que deberán presentar los interesados en el marco del procedimiento de inscripción y validación de usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR, que como Anexos II, III, IV y V (DI-2024-125546877-APN-ONC#JGM, DI-2024-125548062-APN-ONC#JGM, DI-2024-125548965-APN-ONC#JGM y DI-2024-125550013-APN-ONC#JGM), forman parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3º.- La inscripción y validación de los interesados en participar en los procedimientos de contratación regidos por la Ley Nº 17.520 que lleven a cabo las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional comprendida en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, como usuarios externos del Sistema CONTRAT.AR deberá efectuarse, en todos los casos, a través de la metodología que por la presente se aprueba.

ARTÍCULO 4º.- Los constructores de obra pública inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas serán categorizados como “Cocontratante del Estado”, en los términos previstos en la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN 197 de fecha 18 de abril de 2017 modificada por la Resolución Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva Nº 35/2024, en la subcategoría “Contratistas Ley Nº 13.064”.

ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Soledad Vallejos Meana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/11/2024 N° 82180/24 v. 15/11/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV)
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