Presidencia de la Nación

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 73/2025

DISFC-2025-73-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2025

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, mediante los expedientes electrónicos EX-2024-108058318- -APN-DPSN#PNA, y EX-2024-108090369- -APN-DPSN#PNA, lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos, está el de garantizar la mejora continua de los procesos.

Que la Resolución N° 390/2018 del Ministerio de Seguridad, establece los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Ministerio de Seguridad y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, como órgano competente en la gestión de las normas concernientes al ordenamiento técnico administrativo y operativo de la navegación, promueve las derogaciones de la Disposición Permanente N° 6-87 (DPSN) titulada “Inspecciones Técnicas Observadas. Facultad concedida a los titulares de las dependencias para autorizar la navegación a buques que las posean” y la Ordenanza Marítima N° 11/87 (DPSN) del Tomo 2 “RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE” titulada “DESPACHO DE BUQUES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE RENOVACIÓN DE CERTIFICADOS”.

Que, la derogación de las nomas citadas obedece al análisis integral efectuado por las áreas técnicas competentes de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, las cuales evaluaron, informaron y determinaron la obsolescencia de estas -conforme a su campo de ocupacional específico-.

Que esta iniciativa contribuye a la depuración, ordenamiento y actualización del Sistema General de Publicaciones de la Prefectura Naval Argentina, simplificando el marco normativo y promoviendo una mayor transparencia y efectividad en la gestión.

Que ha tomado la debida intervención la Dirección General de Seguridad Marítima y Portuaria, prestando conformidad con el proyecto propuesto de derogación de las normativas citadas.

Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la administración del sistema reglamentario de la organización analizó la propuesta, verificando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la Organización, mediante Dictamen Jurídico obrante en el IF-2024-135819854-APN-PNAR#PNA.

Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto administrativo, de acuerdo con lo normado en el Artículo 5º, inciso a), apartado 2) de la “Ley General de la Prefectura Naval Argentina” Nº 18.398 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- DERÓGANSE del Sistema General de Publicaciones de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA las siguientes normas:

1. Disposición Permanente N° 6-87 (DPSN) titulada “Inspecciones Técnicas Observadas. Facultad concedida a los titulares de las dependencias para autorizar la navegación a buques que las posean”.

2. Ordenanza Marítima N° 11/87 (DPSN) del TOMO 2 “RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DEL BUQUE” titulada “DESPACHO DE BUQUES DURANTE LA TRAMITACIÓN DE RENOVACIÓN DE CERTIFICADOS”.

ARTÍCULO 2º.- Las normas señaladas dejarán de tener vigencia a partir de la publicación de este acto administrativo en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º.- Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, procédase a la publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el Boletín Público de la Prefectura Naval Argentina y la actualización del sitio oficial en internet de la organización.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini - Guillermo José Giménez Perez

El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 24/01/2025 N° 3466/25 v. 24/01/2025
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