Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 702/2010
Apruébase el listado de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, cuya titularidad será cubierta en la sexta etapa del llamado a concurso.
Bs. As., 15/9/2010
VISTO las Resoluciones M.J. y D.H. Nros 561/05 y sus complementarias 1764/06 y M.J.S. y D.H. Nros 968/09 y 2128/10, y
CONSIDERANDO:
Que por conducto del primer acto mencionado en el Visto se produjo el llamado a concurso para la cobertura del cargo de Encargado Titular de cada uno de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor enunciados en el Anexo que integra la citada Resolución.
Que, por las modificaciones introducidas mediante la Resoluciones M.J. y D.H. Nº 1764/06 y M.J.S. y D.H. Nros 968/09 y 2128/10, se incluyeron determinados Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con el fin de ampliar el Anexo aprobado oportunamente.
Que, asimismo, la autoridad superior indicó en la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2128/10 —al sustituir el artículo 22 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 968/09— que los procedimientos concursales se desarrollarán en QUINCE (15) etapas consecutivas, y que el inicio de cada procedimiento y los Registros Seccionales cuya titularidad se concursará serán determinados por este organismo.
Que, además, el artículo 32 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 determinó que esta Dirección Nacional publicará en un me dio gráfico de gran circulación en el país el llamado a concurso, en forma previa a disponer la convocatoria a la inscripción de los postulantes para cada concurso.
Que, en ese marco, mediante las Disposiciones D.N. Nros 84/06, 539/06, 191/07, 676/07 y 428/09 se determinaron —respectivamente— los Registros Seccíonales de la Propiedad del Automotor que integran la primera, la segunda, la tercera, la cuarta, y la quinta etapa del procedimiento de selección, tramitaciones que se encuentran en curso.
Que, atento todo lo anterior, resulta necesario establecer la nómina de DIEZ (10) Registros Seccionales respecto de los cuales continuará el procedimiento de selección tendiente a la elección de sus Encargados Titulares, y aprobar el texto que se publicará en cumplimiento de lo establecido en el artículo 62 de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 238/03, en consonancia con el artículo 32 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05.
Que, a los fines de garantizar la máxima concurrencia de postulantes, se estima pertinente disponer que el presente llamado también se dé a conocer en las jurisdicciones de asiento de los Registros Seccionales correspondientes a esta etapa concursal, mediante su publicación en los medios gráficos de mayor circulación en el ámbito provincial.
Que, por último, y teniendo en cuenta que por la Resolución M.J.S. y D.N. Nº 582/10 fue designado un segundo Tribunal Evaluador a fin de agilizar las tramitaciones, y que por ello se indicó que cada convocatoria deberá señalar cuáles de los cuerpos examinadores será el encargado de llevar a cabo el concurso, es menester proceder a dicha determinación, también en este acto.
Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge del artículo 62 de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 238/03, y de los artículos 22 y 32 de la Resolución M.J. y D.H. Nº561/05 y sus ampliatorias.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
Artículo 1º — Apruébase el listado de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor cuya titularidad será cubierta en la sexta etapa del llamado a concurso efectuado por conducto de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y sus complementarias Nros 1764/06, 968/09 y 2128/10, que como Anexo I forma parte de este acto.
Art. 2º — El Tribunal Evaluador designado por conducto de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2/09 será el competente para llevar adelante las evaluaciones correspondientes a la sexta etapa del llamado a concurso efectuado por conducto de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y sus complementarias Nros 1764/06, 968/09 y 2128/10.
Art. 3º — Apruébase el texto que se publicará en cumplimiento de lo establecido en el artículo 62 de la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 238/03 —en concordancia con el artículo 32 de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y sus ampliatorias—, que como Anexo II integra esta Disposición.
Art. 4º — La COORDINACION DE PROYECTOS Y PLANIFICACION FINANCIERA será la encargada de instrumentar las medidas tendientes a publicar el texto aprobado en el artículo anterior, tanto en un medio gráfico de gran circulación del país como en uno correspondiente a las jurisdicciones provinciales de asiento de los Registros Seccionales enunciados en el Anexo I.
Art. 5º — Regístrese, comuníquese a la COORDINACION DE PROYECTOS Y PLANIFICACION FINANCIERA y a la OFICINA CONCURSOS de esta Dirección Nacional, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Miguel A. Gallardo.
ANEXO I
REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR CUYA TITULARIDAD SERA CUBIERTA EN LA SEXTA ETAPA DEL LLAMADO A CONCURSO EFECTUADO POR LA RESOLUCION M.J. y D.H. Nº 561/05 Y SUS COMPLEMENTARIAS Nros 1764/06, 968/09 Y 2128/10.
1. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 19, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 40, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 77, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CARMEN DE PATAGONES, Provincia de Buenos Aires.
5. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHACABUCO, Provincia de Buenos Aires.
6. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE PEHUAJO, Provincia de Buenos Aires.
7. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN VICENTE, Provincia de Buenos Aires.
8. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE GUALEGUAYCHU Nº 1, Provincia de Entre Ríos.
9. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE GUALEGUAYCHU Nº 2, Provincia de Entre Ríos.
10. REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN JOSE DE FELICIANO, Provincia de Entre Ríos.
ANEXO II
"MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS"
En el marco de la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y sus complementarias Nº 1764/06, 968/09 y 2128/10 se llama a CONCURSO para cubrir el cargo de Encargado Titular de los siguientes REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR: Concurso Público Nº 53: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 19 , Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Concurso Público Nº 54: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 40, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Concurso Público Nº 55: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CAPITAL FEDERAL Nº 77, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Concurso Público Nº 56: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CARMEN DE PATAGONES, Provincia de Buenos Aires; Concurso Público Nº 57: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE CHACABUCO, Provincia de Buenos Aires; Concurso Público Nº 58: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE PEHUAJO, Provincia de Buenos Aires; Concurso Público Nº 59: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN VICENTE, Provincia de Buenos Aires; Concurso Público Nº 60: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE GUALEGUAYCHU Nº 1, Provincia de Entre Ríos, Concurso Público Nº 61: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE GUALEGUAYCHU Nº 2, Provincia de Entre Ríos; Concurso Público Nº 62: REGISTRO SECCIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR DE SAN JOSE DE FELICIANO, Provincia de Entre Ríos.
La convocatoria a la inscripción será dispuesta por la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS dentro de los QUINCE (15) días siguientes a esta publicación y dada a conocer a través del BOLETIN OFICIAL y la página web del organismo (www.dnrpa.gov.ar).