Presidencia de la Nación

SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PA


MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS

Disposición 6/2023

DI-2023-6-APN-SSFPYSPYMPA#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-57078847- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Resolución N° RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC de fecha 6 de julio de 2023 y la Disposición N° DI-2023-4-APN-SSFPYSPYMPA#MEC de fecha 4 de septiembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que entre las competencias de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se encuentra la planificación, diseño e implementación de planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productoras y productores agroalimentarios.

Que, por su parte, la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se encuentra facultada para asistir a la citada Secretaría en la propuesta, diseño y ejecución de planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productoras y productores agroalimentarios.

Que, por ello, se ha considerado pertinente la creación de un Programa Nacional con el objetivo de promover y fortalecer las unidades productivas de las pequeñas y medianas productoras agroalimentarias.

Que en consecuencia, por la Resolución N° RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC del 6 de julio de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó el PROGRAMA MUJERES PRODUCIENDO ALIMENTOS.

Que el Artículo 2º de la citada Resolución N° RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC, establece que la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la mencionada Secretaría será la Autoridad de Aplicación del referido Programa, pudiendo dictar las normas complementarias o interpretativas y de instrumentación para su debida operatividad y el cabal cumplimiento de sus objetivos.

Que a partir de los canales de comunicación del Programa Mujeres Produciendo Alimentos se han recepcionado muchas consultas y se ha demostrado el interés por parte del sector en postular al Programa.

Que a raíz del requisito estipulado en el Manual Operativo se ha impuesto la realización de un curso auto administrado en la plataforma de aprendizaje virtual de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la matriculación superó las CUATROCIENTAS (400) participantes demostrando la alta demanda que está teniendo el referido Programa.

Que a raíz del requisito estipulado de inscripción en el registro de MiPYMES agroalimentarias, creado por la Resolución Nº RESOL-2023-28-APN-SAGYP#MEC de fecha 3 de febrero de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha crecido la demanda de certificados por parte de las mujeres del sector agroalimentario.

Que en consecuencia, se entiende conveniente para la mejor optimización del Programa ampliar el plazo de convocatoria establecido en el Artículo 2° de la Disposición N° DI-2023-4-APN-SSFPYSPYMPA#MEC de fecha 4 de septiembre de 2023.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y por la Resolución Nº RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC de fecha 6 de julio de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 2º de la Disposición N° DI-2023-4-APN-SSFPYSPYMPA#MEC de fecha 4 de septiembre de 2023 de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- Habilítase la apertura de la convocatoria para la presentación de Proyectos, en el marco del mencionado Programa, la cual se encontrará vigente durante un plazo de CUARENTA Y SIETE (47) días corridos, a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la presente medida.”.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria De Los Milagros Barbieri

e. 09/10/2023 N° 81525/23 v. 09/10/2023
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