Presidencia de la Nación

Disposición 554 / 2004

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA


PESCA

PROCESAMIENTO DE PESCADOS EN BUQUES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 29-Oct-2004
Resumen:

ESTABLECESE QUE TODO BUQUE DE LA FLOTA PESQUERA NACIONAL QUE REALICE CUALQUIER TIPO DE PROCESAMIENTO A BORDO DEBERA CONTAR CON UNA O MAS TRITURADORAS EN PERFECTO ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 39 DE LA DISPOSICION 204/2023 DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA, B.O. 06/06/2023, PAGINA 114. VIGENCIA: VER ARTICULO 42 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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