DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
RESIDENCIA TRANSITORIA - CONCEDASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Sep-2017
Resumen:
CONCEDASE RESIDENCIA “TRANSITORIA”- SUBCATEGORIA “ESPECIAL” A TENOR DE LO NORMADO POR EL ARTICULO 24 INCISO H) DE LA LEY N° 25.871, SUS MODIFICATORIAS Y DEL DECRETO N° 616 DEL 3 DE MAYO DE 2010, POR EL TERMINO DE HASTA TREINTA (30) DIAS, A LOS CIUDADANOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN CON DOCUMENTO DE VIAJE HABIL Y VIGENTE Y QUE POR MOTIVO DE SU NACIONALIDAD NO REQUIERAN DEL VISADO CONSULAR ARGENTINO EN LA SUBCATEGORIA MIGRATORIA “TURISTA”, CON EL OBJETO DE PARTICIPAR DE LA IV CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA ERRADICACION SOSTENIDA DEL TRABAJO INFANTIL A REALIZARSE EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES ENTRE LOS DIAS 14 Y 16 DE NOVIEMBRE DE 2017.