COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 5/2024
DISFC-2024-5-APN-CNRT#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2017-22036064-APN-SG#CNRT, el Decreto N° 1388/1996 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 832/2019 y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE N° 954/2017; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996, se aprobó el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, asignándole competencias específicas en materia de control y fiscalización de los operadores de los servicios de transporte automotor y ferroviarios de jurisdicción nacional, la seguridad de dichos servicios y la protección de los derechos de los usuarios en el marco de las misiones conferidas.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 832 del 7 de octubre de 2019 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la Estructura Organizativa de primer y segundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que es competencia de este Organismo desarrollar una adecuada gestión en el control de las conductas de los prestatarios de los servicios de Jurisdicción Nacional, tanto ferroviario como automotor, con el propósito de alentar la mejora continua y la correcta prestación de dichos servicios.
Que por la Disposición CNRT N° 954 del 4 de diciembre de 2017 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se aprobó el “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”.
Que resulta oportuno readecuar el citado Protocolo, actualizando el procedimiento de actuación que involucra a las distintas unidades responsables.
Que a esos fines la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE PERMISOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA AUTOMOTOR, la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, la SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE DELEGACIONES REGIONALES y el ÁREA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIÓN Y PRENSA, suscribieron conjuntamente un nuevo “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia, señalando, en los términos de su Dictamen, que no existen reparos de índole legal que oponer a la suscripción del presente acto administrativo.
Que el presente acto se encuadra en las Leyes Nros. 12.346 y 24.653, y sus Decretos reglamentarios; y se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1388/1996, sus modificatorias y complementarias; y en los términos de los Decretos Nros. 183/2024 (B.O. 23/2/24) y 823/2024 (B.O. 13/9/24).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO Y EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”, aprobado por la Disposición CNRT N° 954 del 4 de diciembre de 2017 del registro de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE por el Anexo N° IF-2024-128326646-APN-CNRT#MEC, que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Edgar Rene Perez - Fernando Cortes
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web institucional del Organismo.
Disposición 5/2024
DISFC-2024-5-APN-CNRT#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2024
VISTO el Expediente N° EX-2017-22036064-APN-SG#CNRT, el Decreto N° 1388/1996 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 832/2019 y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE N° 954/2017; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996, se aprobó el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, asignándole competencias específicas en materia de control y fiscalización de los operadores de los servicios de transporte automotor y ferroviarios de jurisdicción nacional, la seguridad de dichos servicios y la protección de los derechos de los usuarios en el marco de las misiones conferidas.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 832 del 7 de octubre de 2019 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó la Estructura Organizativa de primer y segundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que es competencia de este Organismo desarrollar una adecuada gestión en el control de las conductas de los prestatarios de los servicios de Jurisdicción Nacional, tanto ferroviario como automotor, con el propósito de alentar la mejora continua y la correcta prestación de dichos servicios.
Que por la Disposición CNRT N° 954 del 4 de diciembre de 2017 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, se aprobó el “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”.
Que resulta oportuno readecuar el citado Protocolo, actualizando el procedimiento de actuación que involucra a las distintas unidades responsables.
Que a esos fines la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE PERMISOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TÉCNICA AUTOMOTOR, la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, la SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE DELEGACIONES REGIONALES y el ÁREA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIÓN Y PRENSA, suscribieron conjuntamente un nuevo “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia, señalando, en los términos de su Dictamen, que no existen reparos de índole legal que oponer a la suscripción del presente acto administrativo.
Que el presente acto se encuadra en las Leyes Nros. 12.346 y 24.653, y sus Decretos reglamentarios; y se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1388/1996, sus modificatorias y complementarias; y en los términos de los Decretos Nros. 183/2024 (B.O. 23/2/24) y 823/2024 (B.O. 13/9/24).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO Y EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el “Protocolo de Actuación Frente a Siniestros de Transporte Automotor”, aprobado por la Disposición CNRT N° 954 del 4 de diciembre de 2017 del registro de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE por el Anexo N° IF-2024-128326646-APN-CNRT#MEC, que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Edgar Rene Perez - Fernando Cortes
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la página web institucional del Organismo.
e. 06/12/2024 N° 87741/24 v. 06/12/2024