MINISTERIO DE TRANSPORTE
AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL - DEBER DE INFORMAR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
16-Mayo-2016
Resumen:
TODOS LOS PUERTOS, PUBLICOS Y PRIVADOS, COMERCIALES E INDUSTRIALES Y TERMINALES PORTUARIAS, TANTO NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES DEBERAN INFORMAR, A LA AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL EL MOVIMIENTO DE CARGAS, PASAJEROS Y EMBARCACIONES QUE OPEREN EN SU INSTALACIONES.