DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
CONCESION DE RESIDENCIA - AUTORIZASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Mar-2022
Resumen:
AUTORIZASE LA CONCESION DE RESIDENCIA EN LA CATEGORIA PREVISTA POR EL ARTICULO 23 INCISO M) DE LA LEY N° 25.871, POR RAZONES HUMANITARIAS Y CON UN PLAZO DE PERMANENCIA AUTORIZADO DE TRES (3) AÑOS, A AQUELLOS NACIONALES EXTRANJEROS UCRANIANOS Y SUS FAMILIARES DIRECTOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SU NACIONALIDAD, QUE AL MOMENTO DEL DICTADO DE LA PRESENTE SE ENCUENTREN FUERA DE LA REPUBLICA ARGENTINA.