Disposición 40 / 2021
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
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Normativa / Número
Decreto DNU 274 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 16-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONES - PROHIBICION DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONALESTABLECESE LA PROHIBICION DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL, POR UN PLAZO DE QUINCE (15) DIAS CORRIDOS, DE PERSONAS EXTRANJERAS NO RESIDENTES EN EL PAIS, A TRAVES DE PUERTOS, AEROPUERTOS, PASOS INTERNACIONALES, CENTROS DE FRONTERA Y CUALQUIER OTRO PUNTO DE ACCESO.
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Normativa / Número
Disposición 1709 / 2020
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES |
Fecha publicación 18-Mar-2020 |
Descripción
PROHIBICION DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL - EXCEPTUESEEXCEPTUESE DE LA PROHIBICION DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1° DEL DECRETO N° 274 DEL 16 DE MARZO DE 2020, A LOS EXTRANJEROS QUE INGRESEN AL PAIS CON EL UNICO PROPOSITO DE PROSEGUIR VIAJE A OTRO PAIS.
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Normativa / Número
Disposición 3763 / 2020
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES |
Fecha publicación 30-Nov-2020 |
Descripción
AEROPUERTOS, PUERTO Y PASOS FRONTERIZOS INTERNACIONALES - HABILITANSEHABILITASE, EN FORMA EXCEPCIONAL, AL AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI DE LA LOCALIDAD DE EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AL AEROPUERTO INTERNACIONAL SAN FERNANDO DE LA LOCALIDAD DE SAN FERNANDO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, AL PUERTO DE BUENOS AIRES (TERMINAL BUQUEBUS) DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y A LOS PASOS FRONTERIZOS INTERNACIONALES PASO DE LOS LIBRES – URUGUAYANA, PROVINCIA DE CORRIENTES; SISTEMA CRISTO REDENTOR, PROVINCIA DE MENDOZA; SAN SEBASTIAN, PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR; GUALEGUAYCHU - FRAY BENTOS, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, PARA EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE LOS EXTRANJEROS NO RESIDENTES QUE SEAN PARIENTES DIRECTOS DE CIUDADANOS ARGENTINOS, Y QUE INGRESEN TRANSITORIAMENTE A NUESTRO PAIS POR RAZONES DE NECESIDAD, Y NO REQUIERAN VISADO EN VIRTUD DE ACUERDOS BILATERALES O MEDIDAS UNILATERALES QUE EXIMAN DE DICHO REQUISITO, SIEMPRE QUE LAS PERSONAS EXTRANJERAS AUTORIZADAS DEN CUMPLIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES E INSTRUCCIONES DISPUESTAS POR LA AUTORIDAD SANITARIA NACIONAL.
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Normativa / Número
Disposición 3911 / 2020
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES |
Fecha publicación 24-Dic-2020 |
Descripción
PROHIBICION EL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL - ESTABLECESEESTABLEZCASE QUE DESDE LAS CERO (0) HORAS DEL DIA VEINTICINCO (25) DE DICIEMBRE DE 2020 Y HASTA LAS CERO (0) HORAS DEL DIA NUEVE (9) DE ENERO DE 2021, SE HABILITAN UNICAMENTE PARA EL INGRESO Y EGRESO DE PERSONAS DESDE Y HACIA EL TERRITORIO NACIONAL, EL AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI DE LA LOCALIDAD DE EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y EL AEROPUERTO INTERNACIONAL SAN FERNANDO DE LA LOCALIDAD DE SAN FERNANDO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES. LAS PERSONAS QUE PODRAN INGRESAR Y EGRESAR DESDE Y HACIA EL TERRITORIO NACIONAL EN LOS PASOS FRONTERIZOS ANTES MENCIONADOS SON: A) NACIONALES O EXTRANJEROS RESIDENTES EN EL PAIS; B) EXTRANJEROS NO RESIDENTES QUE SEAN PARIENTES DIRECTOS DE CIUDADANOS ARGENTINOS O RESIDENTES EN EL TERRITORIO NACIONAL, Y QUE INGRESEN TRANSITORIAMENTE A NUESTRO PAIS POR RAZONES DE NECESIDAD, Y NO REQUIERAN VISADO EN VIRTUD DE ACUERDOS BILATERALES O MEDIDAS UNILATERALES QUE EXIMAN DE DICHO REQUISITO, SIEMPRE QUE LAS PERSONAS EXTRANJERAS AUTORIZADAS DEN CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO EN LA DISPOSICION DNM N° 3763 DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2020.
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